Qué se juzga en la causa por encubrimiento al atentado de la AMIA

06.02.2018

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Frente a la gravedad de los sucesos recientes en el juicio por encubrimiento en la causa AMIA, nos urge publicar una trilogía sobre qué se encubre, qué se juzga y porqué la acusación molesta a la dirigencia judía.

 

Leé la trilogía completa

La acusación que preocupa ala dirigencia judía

Qué encubre el encubrimiento

 

El contexto

El 6 de agosto de 2015, tuvo inicio el juicio oral que se desarrolla ante el Tribunal Oral Federal Nº 2 -integrado por los jueces Jorge Gorini (presidente), Néstor Costabel y Karina Perilla-  por la desviación de la investigación y el encubrimiento del atentado en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) y de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA).

 

En el banco, un plantel de lujo

Casi todos los imputados estuvieron ese primer día presentes: el ex juez Juan José Galeano, el ex subsecretario de la SIDE Juan Anchezar, los ex comisarios Carlos Castañeda y Jorge Palacios, Carlos Alberto Telleldín y su pareja Ana María Boragni, los ex fiscales Eamon Gabriel Mullen y José Carlos Barbaccia, el expresidente de la DAIA Rubén Ezra Beraja, el ex agente de inteligencia Patricio Miguel Finnen y el abogado Víctor Alejandro Stinfale. Sólo faltaron el ex presidente de la Nación, Carlos Saúl Menem, y el ex jefe de la SIDE, Hugo Anzorreguy, quienes invocaron problemas de salud. Este último siguió esa primera audiencia por videoconferencia desde el sanatorio en el que se encontraba internado.

Los imputados están acusados, en su mayoría, por los delitos de encubrimiento, violación de medios de prueba, falsedad ideológica, prevaricato, abuso de autoridad y violación de deberes de funcionarios públicos y peculado.

Comenzó con la lectura de una síntesis de los dictámenes presentados por el fiscal federal Patricio Evers en noviembre de 2008 y por los fiscales Carlos Cearras y Alberto Nisman en agosto de 2011, así como también de las acusaciones de las querellas.

Dos son los ejes:

Infografía de Memoria Activa

La pista siria

El primero es el encubrimiento de la denominada “pista siria” o “pista Kanoore Edul/Nassif Haddad”. Todas las evidencias de los primeros días posteriores al atentado señalaban a un conjunto de personajes de origen sirio y libanés, relacionados al acarreo de explosivos, a la minería y a la remoción de escombros mediante volquetes,  uno de los cuales fue dejado en la puerta de la AMIA minutos antes de las explosiones.

Se imputa la existencia de deliberadas maniobras que tuvieron como finalidad    “proteger, encubrir y proveer impunidad a Alberto Jacinto Kanoore Edul y su entorno de origen sirio  — entre cuyos contactos se encontraba Mohsen Rabbani, ex consejero Cultural de la embajada de la República Islámica de Irán, con pedido de captura internacional por su participación en el atentado del 18 de julio de 1994 —, sujetos que desde el comienzo mismo de las investigaciones del atentado aparecían fuertemente sospechados de haber tomado parte del hecho terrorista”.

La investigación, impulsada por el entonces juez de la causa Galeano, cuyas sospechas — a diez días del atentado — recaían sobre Kanoore Edul, “fue intempestivamente interrumpida a partir de una orden presidencial acatada sin objeción alguna” no sólo por el magistrado sino también por los jefes policiales y de inteligencia encargados de la pesquisa. Ello ocurrió el 1 de agosto de 1994, tras la visita de Kanoore Edul padre ese mismo día a la Casa Rosada, sede del gobierno nacional.

A lo largo del proceso se demostraron los estrechos vínculos de amistad que lo unían al presidente Menem.

 

La querella del Ministerio de Justicia sobre la PISTA SIRIA

 

Los representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron que existió un “paulatino boicot” en cada una de las medidas que podían esclarecer las sospechas sobre Edul y su entorno. Según la acusación, “la orden de abortar la investigación (…) fue tan intempestiva y tan sobre la marcha de los acontecimientos, que la rápida maniobra de encubrimiento que fue necesario desplegar impidió a quienes la ejecutaron borrar todo rastro de ella”. Señalaron que para ello necesitó de la ayuda de otras personas: Jorge Palacios, por aquél tiempo comisario de la División Operaciones Federales, y Carlos Castañeda, del Departamento Protección del Orden Constitucional (DPOC). Ellos eran los encargados de llevar adelante los allanamientos a los domicilios de Kanoore Edul, ubicados en la calle Constitución 2633, 2695 y 2745 de la Capital Federal. Sin embargo, se concretaron de forma irregular o directamente no se hicieron. Inclusive se detectaron dos llamadas previas de un celular a nombre de Palacios a los domicilios que debían allanarse.

Al juicio también llegaron acusados de encubrimiento Anzorreguy y Anchezar, quienes participaron de la intervención a varias líneas telefónicas vinculadas a los Edul e hicieron cesar algunas de ellas, que, según los fiscales, podrían haberse incorporado como parte de la prueba y poner en riesgo “el objetivo de encubrir”.

“La pista Kanoore Edul se vio virtualmente suspendida, prácticamente interrumpida hasta que, llamativamente, los investigadores pretendieron reimpulsarla a partir de la finalización del mandato presidencial del Dr. Menem”, señala la acusación.

 

El pago ilegal a Telleldín

El segundo eje de la imputación a parte de los acusados es el pago ilegal de una importante suma de dinero a un detenido para obtener una declaración que sabían falsa.

En su requerimiento de elevación a juicio, firmado el 17 de noviembre de 2008, el fiscal federal de instrucción Patricio Evers consideró que el eje central “de la maniobra ilícita desplegada” estuvo en el pago de 400 mil dólares a Carlos Alberto Telleldín “para que brindara en el proceso una falsa versión de los hechos, imputando en el atentado a [Juan José] Ribelli, (Anastasio Irineo) Leal, (Raúl Edilio) Ibarra y (Mario Norberto) Bareiro”.

 

< p style="text-align: center;">La fiscalía sobre el rol de Beraja

 

La pista policial introducida por Telleldín refería que tenía una deuda con la fuerza de seguridad provincial y que para saldarla le exigían la entrega de automotores, entre ellos la camioneta Trafic supuestamente utilizada en el atentado. Los policías estuvieron bajo prisión preventiva desde julio de 1996 hasta su absolución en el juicio de 2004.

Según la acusación, en la indagatoria del 5 de julio de 1996, Telleldín involucró en el atentado a los policías, luego de haber recibido dinero a cambio de su declaración -que se pagó en dos etapas- en lo que fue “la culminación de una actividad irregular del Estado dirigida a ‘esclarecer’ el caso y sancionar responsables, más allá de lo realmente acontecido”.

Además de Galeano, está acusado Anzorreguy por haber suministrado el dinero (de fondos reservados de la SIDE), y los ex fiscales Mullen y Barbaccia, quienes habrían conocido y consentido las circunstancias de pago.  

Por su parte, la pareja de Telleldín Ana María Boragni está imputada por haber brindado su auxilio para el cobro del dinero, junto al abogado Víctor Alejandro Stinfale. La primera recepción del dinero se produjo el 5 de julio de 1996, el mismo día que Telleldín daba la falsa versión del hecho.  

Finalmente, a Rubén Ezra Beraja  -desde su posición de máxima autoridad de la DAIA, que actuaba como querellante- se lo acusa de prestar “un efectivo respaldo al irregular trámite de la investigación judicial”,  con una participación muy activa y determinante junto a Galeano.   

 

Parte 1: La acusación que preocupa a la dirigencia judía

Parte 3: Qué encubre el encubrimiento

 

Leé otras notas en nuestra sección AMIA

 

 

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