Juicio Cóndor en Italia: 20 años después

17.04.2019

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A casi veinte años de que se presentó la denuncia, en junio de 1999, el 18 de marzo de 2019, el Fiscal General de la República en Roma, Dr. Francesco Mollace, pidió que en apelación se condenaran a prisión perpetua a los 24 imputados del juicio Operación Cóndor. La etapa de apelación empezó el 12 de abril de 2018 y el nuevo veredicto se espera para el 8 de julio de 2019

Dr. Luca Ventrella – Foto de Lilia Di Monte

Con los pedidos de condena presentados a la Primera Corte de Asís de Apelación en Roma por el Dr. Mollace, se acerca el final de esta segunda etapa del juicio. Además de haber tomado la palabra el Fiscal General, ese día se pronunciaron frente al tribunal, la Fiscal que había llevado adelante el juicio en primera instancia, Dra. Tiziana Cugini, y el abogado que representa el estado italiano, Dr. Luca Ventrella.

La Dra. Cugini arrancó su exposición marcando cómo la distancia geográfica y temporal que separa la Corte de los delitos bajo su consideración se ve “colmada por los homicidios que reclaman justicia en cualquier espacio y cualquier momento.” La Fiscal subrayó principalmente cómo, durante la primera instancia, el tribunal no había logrado brindar justicia y que la apelación tenía que remediar ese error. Cugini consideró que la imputación de secuestro –que la corte de primera instancia consideró como prescripta– seguía vigente, ya que los agravantes de torturas y malos tratos que acompañaban dichas privaciones de la libertad califican a ese delito como agravado y, por lo tanto, no sujeto a prescripción. Resaltó cómo el imputado uruguayo, Jorge Néstor Troccoli, era quien “decidía sobre la vida y la muerte de los detenidos,” y que él mismo había admitido que en la ESMA “no aprendió nada nuevo,” ya que en Uruguay hacían “lo mismo” desde el 1974.

Abogado Fabio Maria Galiani – Foto de Lilia Di Monte

El abogado Ventrella, por su parte, remarcó que “cuando en cualquier parte del mundo se violan los derechos de los ciudadanos italianos, se vulnera a toda la colectividad nacional.” El abogado recalcó cómo la sentencia de primera instancia se caracterizaba “por luces y sombras”. Por un lado, por primera vez, un tribunal europeo había reconocido la existencia de la Operación Cóndor, como una organización criminal de altísimo nivel. Por el otro, solo se habían condenado a los líderes y los autores intelectuales de esa organización, y no a los mandos intermedios, que fueron absueltos. Ventrella consideró que la corte de primera instancia había demostrado “una timidez sorpresiva” y que dicha cobardía era inaceptable cuando se trata de hacer justicia. Ventrella calificó a las absoluciones dictadas como “una aberración jurídica” que la Corte de Apelación tenía ahora la oportunidad de corregir. Notó, asimismo, que el enfoque adoptado en ese veredicto – que hacía una reconstrucción atomística y parcelada de las estructuras y de las responsabilidades – generaba una situación en la que “nadie era, por lo tanto, responsable de delitos aberrantes.”  Al mismo tiempo, el abogado recordó la importante jurisprudencia dictada en Italia en juicios que habían abordado delitos parecidos, como por ejemplo: los crímenes del Nazismo y de la dictadura argentina. En relación a estos últimos, los tribunales de Roma dictaron condenas en el 2000 y 2007 contra figuras emblemáticas como Alfredo Astiz y el “Tigre” Acosta. Ventrella además estudió la figura de Troccoli – el único imputado físicamente presente en el juicio, ya que los otros se juzgan “en ausencia”– destacando sus habilidades de planificación y organización, y concluyendo que el capitán de navío había representado “un engranaje valioso de los mecanismos” de terror en ese periodo.

 

Cristina Mihura, esposa de Bernardo Arnone, integrante del PVP desaparecido en Buenos Aires, en 1976 – Foto de Lilia Di Monte

El 15 de abril, continuaron las audiencias con las exposiciones de los abogados Paolo Angelo Sodani y Fabio Maria Galiani. El primero representa a Cristina Mihura, esposa de Bernardo Arnone, integrante del PVP desaparecido en Buenos Aires el 1 de octubre de 1976.

A finales de los años 1990, tanto en Uruguay como en Argentina, cualquier oportunidad de lograr justicia estaba cerrada por la vigencia de leyes de impunidad. Sodani recordó como en ese contexto, el 9 de junio de 1999, Mihura y otras cinco mujeres familiares de víctimas del Cóndor habían impulsado este juicio, presentando la denuncia frente a los tribunales de Roma. Sodani recalcó que el principal error de la sentencia de primera instancia era la ruptura del “nexo de consecuencialidad,” es decir que el tribunal había reconocido por un lado la existencia de la Operación Cóndor, pero había absuelto la gran mayoría de los imputados, 19 de 33 en ese momento.

Por diez años, Galiani se desempeñó como abogado de la República Oriental del Uruguay y en la apelación actual sigue representando a cuatro familias de víctimas, los familiares de Dossetti, Gambaro, Artigas y Moyano. Galiani enmarcó su discurso alrededor de varios puntos esenciales para refutar las absoluciones pronunciadas en primera instancia. Comenzó resaltando cómo la Corte había adoptado una teoría “alternativa” para abordar a los delitos cometidos, que definió como “compartimentalización.” Según la misma, una fuerza se ocupaba de los secuestro de las víctimas, otra de los interrogatorios y otra más de las muertes, sin compartir informaciones entre ellas. Subrayó cómo dicha teoría había sido planteada por el imputado Troccoli y no existía ninguna otra prueba adicional entre las miles de páginas de prueba documental que la soportara. Galiani remarcó cómo lo que sucedió, en realidad, fue una “coparticipación,” es decir, que las fuerzas de seguridad trabajaban  de forma conjunta para lograr el objetivo común de eliminar a los opositores políticos. “Es ridículo e inverosímil pensar,” aseveró Galiani, “que jefes de inteligencia tales como Troccoli no supieran cuál era el destino de las personas secuestradas, es decir, que iban a ser asesinadas”. El concepto de “complicidad,” que el tribunal utilizó para condenar a los altos mandos de la Operación Cóndor, no se aplicó de la misma manera a los oficiales intermedios, que fueron absueltos. En segundo lugar, Galiani reconstruyó de manera detallada el desempeño y la trayectoria de Troccoli en la Marina uruguaya, especialmente su rol dentro del FUSNA (fusileros navales) como jefe de inteligencia S2 y los nexos muy estrechos que él fue armando a lo largo de los años con sus pares argentinos en la ESMA.

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p style=»text-align: center;»>Abogado Paolo Angelo Sodani – Foto de Lilia Di Monte

En ese contexto se tienen que enmarcar los casos de desapariciones llevados a cabo por el FUSNA en Argentina entre fines de 1977 y comienzos de 1978, que están siendo investigados en el juicio. En 1978, bajo la cobertura de una beca, Troccoli fue destacado para operar en la Argentina en el marco del Cóndor, llegando a ser decorado con un alto reconocimiento por su trabajo en inteligencia y operaciones. Galiani recordó las palabras del mismo Troccoli, quien afirmó en su libro La ira de Leviatán, que él no había sido “solo un espectador en las operaciones en la ESMA” y que era “un profesional de la violencia” ya desde 1974. Finalmente, Galiani acentuó cómo la misma corte de primera instancia se había contradicho: en la sentencia consideró “plenamente probado el rol del FUSNA en los homicidios”, pero Troccoli había sido absuelto. El abogado apuntó a la existencia de “presiones de pasillo (es decir, externas)” que habían empujado al tribunal a cambiar de opinión repentinamente.

Las audiencias continúan el 13 de mayo con las palabras de los otros abogados de los familiares de las víctimas.   

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